la Dirección General de Ingresos ha emitido tres distintas Resoluciones en donde establece las nuevas normativas que regirán para los equipos fiscales.
la resolución 201-0292 DE 20 de enero de 2021
Establece los requerimientos técnicos que deberán contener los equipos fiscales para ser homologados por la Autoridad Nacional de Innovación Gubernamental y para que puedan ser autorizados por la DGI
Esta resolución contien las definiciones para los lineamientos que deben tener los equipos fiscales, las condiciones que deben cumplir y las funciones que deberán ejecutar.
Se ha incorporado a los requerimientos técnicos que los equipos fiscales tengan la capacidad comunicarse por medio de la Plataforma de Comunicación para Equipos Fiscales (PLACEF), lo cual hace que posean una ficha técnica PLACEF que detallará lo siguiente:
- Las especificaciones
- Formatos,
- Procedimientos,
- Características,
- Estándares de los distribuidores para el buen funcionamiento de los equipos fiscales.
La resolución No. 201-0293 de 20 de enero de 2021
Se describen y detallan las normas y procedimientos para la homologación y autorización para distribuir equipos fiscales en el territorio nacional.
Las normativas allì descritas deberán ser consideradas por aquellos contribuyentes interesados en obtener autorización para para la distribuciòn y enagenaciòn de Equipos Fiscales con su Dispositivo de Comunicación (interno o externo) o su Componente de Transmisión (DC o CDT) en el territorio nacional.
Para ello debe hacerse una peticion de manera formal ante la Dirección General de Ingresos entregando la debida documentación que certifique:
- La entidad solicitante,
- La información del equipo fiscal.
Una vez que la DGI apruebe al distribuidor, y envìe la petición a la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental, los dispositivos seràn evaluados para posteriormente obtener Certificado de Homologación acompañado del Informe de Evaluación Técnica.
Si el equipo requiere alguna modificaciòn esta se presentará a la Dirección General de Ingresos, así como también a la Autoridad Nacional de Innovación Gubernamental detallando:
- El número de registro del equipo fiscal
- El número de registro del dispositivo de comunicación.
La resolución No. 201-0294 de 20 de enero de 2021
Contempla los deberes y obligaciones de los distribuidores, centros de servicio técnico autorizados y los usuarios de equipos fiscales adaptados al alcance del Proyecto PLACEF.
los distribuidores de equipo fiscal tienen a labor de contactar a los usuarios de los equipos fiscales para gestionar las correspondientes actualizaciones e instalaciones de los Dispositivos de Comunicación (DC) o el Componente de Transmisión de Datos (CTD).
Los fabricantes y distribuidores también deberán gestionar en conjunto con los usuarios del equipo fiscal, a través del portal Distribuidor de PLACEF, la creación, activación, inactivación o modificación del equipo fiscal, y la modificación de la información.
Equipos fiscales homologados en Panamá
Obligaciones del servicio técnico autorizado
El Centro de Servicio Técnico Autorizado también tiene deberes y obligaciones, como:
- Informar al distribuidor de las inspecciones,
- Pérdidas,
- Alteraciones,
- Remociones o desincorporación de los Dispositivos de Comunicación (DC) que efectúe,
- Completar los datos en el Libro de Control de Reparación y Mantenimiento para el DC.
Los usuarios de equipos fiscales y dispositivos de comunicación también tienen deberes que cumplir. Cabe señalar que, deberán contar con servicio a Internet y, de presentar fallas con la conectividad, tendrán un plazo máximo de siete (7) días para atender el problema. Ahora bien, hay que mencionar que la determinación de la inaccesibilidad a Internet en la zona y el lugar donde se encuentra el equipo fiscal será determinado por la Dirección General de Ingresos y la Autoridad de Innovación Gubernamental.
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